Contribuciones Adultos Mayores Las Condes: Cómo Pedir la Exención 2027
Desde enero de 2027, los contribuciones adultos mayores Las Condes que sean propietarios de su vivienda principal dejarán de pagar este impuesto. No importa cuánto ganes ni cuánto valga tu casa: si tienes 65 años o más y vives en ella, el beneficio es tuyo. Así lo establece la megarreforma tributaria aprobada por el Congreso en agosto de 2026, una de las medidas más importantes para los vecinos mayores de la comuna en décadas.
La Municipalidad de Las Condes cuenta con una página de beneficios para adultos mayores con otros apoyos disponibles para vecinos de la comuna. Sin embargo, la exención de contribuciones que viene en 2027 es un trámite que se realiza directamente ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), no en la municipalidad.
¿En qué consiste el beneficio de contribuciones adultos mayores Las Condes?
A diferencia de lo que existía antes, este nuevo beneficio es universal: no tiene tope de ingresos ni límite de avalúo fiscal. Si cumples los requisitos básicos, no pagas. Antes, la rebaja solo beneficiaba a adultos mayores con ingresos bajos y propiedades de menor valor. Con la megarreforma, esa restricción desaparece completamente.
El beneficio aplica únicamente a tu vivienda principal, es decir, la casa o departamento donde vives de forma habitual. Si tienes más de una propiedad, solo una puede acogerse: la que uses como residencia. También incluye el estacionamiento y la bodega correspondientes a esa misma vivienda.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Los requisitos son simples:
- Tener 65 años o más (hombres y mujeres por igual)
- Ser dueño o dueña de la vivienda donde vives
- Que sea tu residencia habitual
- Estar al día con contribuciones del año anterior y con el servicio de aseo
Si la propiedad tiene más de un dueño, todos deben ser personas naturales, al menos uno debe vivir ahí y ese copropietario debe tener al menos el 50% de los derechos. En caso de herencia por fallecimiento del cónyuge o conviviente civil, basta con tener el 25% de los derechos, tener 65 años y residir en la vivienda.
El beneficio NO es automático. Aunque cumplas todos los requisitos, debes hacer el trámite cada año ante el SII. Sin declaración jurada, no hay exención.
Cómo hacer el trámite ante el SII
Por internet: Ingresa a sii.cl, entra a Mi SII, ve a la sección Bienes Raíces y completa la declaración jurada identificando tu vivienda principal como tu lugar de residencia habitual.
De forma presencial: Dirígete a la Dirección Regional del SII correspondiente a tu domicilio en Las Condes. Puedes ir tú mismo o ir acompañado de un familiar que te ayude con el proceso.
El SII aún no ha publicado los plazos exactos ni el formato definitivo de la declaración jurada. Lo hará mediante resolución oficial antes de enero de 2027. En este sitio iremos informando en cuanto se conozcan las fechas y el procedimiento exacto, para que ningún vecino de Las Condes se quede sin el beneficio por no saber cómo pedirlo.
Casos especiales que debes conocer
Si tu casa también tiene uso comercial, el beneficio aplica siempre que la parte habitacional represente al menos el 50% de la superficie total de la propiedad. Si compraste la vivienda a un familiar en los últimos 3 años, no podrás acceder al beneficio durante ese período.
Quien declare falsamente que vive en la propiedad arriesga una multa del 300% del impuesto no pagado, más una inhabilitación de 10 años para volver a usar el beneficio. El SII cruza sus datos con el Servel, el Registro Civil y la PDI, así que la verificación es real.
¿Ya tienes el Beneficio Adulto Mayor (BAM)?
Existe un beneficio distinto y anterior que permite rebajas del 50% o 100% en contribuciones para adultos mayores con ingresos bajos, aplicado de forma automática por el SII. El nuevo beneficio de la megarreforma lo reemplazará desde 2027, pero con una diferencia clave: deberás solicitarlo activamente cada año mediante la declaración jurada.
Revisa todos los trámites disponibles para vecinos en nuestra guía de trámites en Las Condes.
